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ESCRITO POR
Consuelo R de Prada

22
MAYO 2013

Si vendes o alquilas tu casa necesitas el certificado energético

Si vas a vender o alquilar tu casa, desde el 1 de junio tienes que preocuparte de un asunto más. Una obligación que también será necesaria para locales y oficinas.

Hablamos del certificado energético o etiqueta de eficiencia energética, documento que será necesario bajo multa de hasta 6.000 euros. Un requisito más, cuyas competencias pertenecen a las comunidades autónomas, que deben crear un registro. El problema es que hay comunidades que aún no han constituido ese organismo para entregar el certificado correspondiente.

¿Y cuál es el objetivo? Para unos, simplemente tiene un afán recaudatorio, obviamente para los impulsores del mismo, el objetivo es buscar eficiencia energética y  además consideran que favorecerá la promoción de inmuebles con un menor consumo energético. Se verá…

¿Qué supone? Esta etiqueta es similar a la que tienen los electrodomésticos. En ella se evalúa qué categoría energética tiene el inmueble en cuestión, en función del consumo de energía que necesita para tener unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación. Esta calificación se representa mediante una escala de siete letras, en la que la A constituye la eficiencia máxima y la G,  la menor.

¿Quién debe encargarse?- Es el propietario es el que debe buscar una empresa/ profesional que se encargue de hacerlo, que costará una media de unos 150/200 euros, aunque  todo depende de la superficie de la vivienda. Arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros y técnicos industriales son los profesionales habilitados para realizar este tipo de certificaciones.

Una vez hecho, debe registrarse el documento en el organismo correspondiente de la comunidad autónoma. Y además, este documento se deberá entregar al comprador o mostrar al nuevo inquilino. Tendrá una validez de 10 años  y el propietario es el responsable de la renovación o actualización conforme a lo que establezca el órgano competente de la comunidad autónoma. Para entendernos, es parecido a las ITEs de los edificios.

Sanciones.- En caso de no tener este certificado, habrá tres tipos de sanciones, una leve, otra grave y otra muy grave y las cuantías irán desde los 300 euros hasta los 6.000 euros.  El Colegio de Administradores de Fincas de Madrid recomienda a las comunidades de vecinos, además de una campaña informativa, que las comunidades de propietarios encarguen un certificado único del edificio.

En definitiva, un requisito más que debemos tener en cuenta.

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  ALQUILER , ALQUILER , CERTIFICADO ENERGÉTICO , PROPIETARIO , VENDER

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