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DICIEMBRE 2023

¿Cómo tributará en el IRPF el alquiler de vivienda en 2024?

La Ley de Vivienda, que entró en vigor hace unos meses, trae algunos cambios en el IRPF 2024 para el arrendador. Te los contamos en este post.

Al hacer la declaración de la renta, el arrendador tiene una serie de gastos que puede deducir de sus ingresos por arrendamiento. Gastos como comunidad, IBI o primas de seguros, incluyendo además la amortización del inmueble y los intereses y gastos de financiación de capitales ajenos invertidos en la adquisición y mejora de los bienes alquilados. Y si el inmueble está destinado a vivienda habitual, sobre el rendimiento neto se puede aplicar una deducción del 60% con independencia de la edad del arrendatario. Eso indica que se reduce el importe por el que se tributa. Esto no se puede aplicar en alquileres turísticos.

Pero tras la aprobación de la Ley de Vivienda, y con efecto del 1 de enero de 2024, la reducción en IRPF para alquileres de vivienda pasa del 60 al 50%, por lo que los arrendadores de vivienda tributarán más. Pero esos cambios no son para todos y afectan a los contratos de alquiler de vivienda firmados desde su entrada en vigor. A los contratos anteriores, como destaca la OCU, se les seguirá aplicando la reducción del 60%.

De todos modos, esas deducciones del 50% pueden ampliarse si se cumplen una serie de requisitos. En zonas de mercado tensionado existen ciertos casos  en los que se puede aplicar un porcentaje de reducción mayor.

Reducción del 90%

  • Si firma un contrato nuevo y se rebaja la renta más de un 5% respecto de la renta del contrato anterior. En ese caso la reducción en IRPF será del 90%.

El 70% se pueden conseguir en los siguientes supuestos:                 

  • Alquiler de vivienda situada en una zona de mercado residencial tensionado, siempre que el arrendatario tenga entre 18 y 35 años.                       
  • Que el arrendatario sea una Administración Pública o entidad sin fines lucrativos y destine la vivienda al alquiler social, al alojamiento de personas en situación de vulnerabilidad económica o bien que la vivienda esté acogida a algún programa público de vivienda o calificación en virtud del cual la Administración competente establezca una limitación en la renta del alquiler.

Y el 60%

  • En los nuevos contratos, siempre que la vivienda esté rehabilitada y que la reforma haya finalizado en los dos años anteriores a la fecha del contrato de arrendamiento.

En todo caso, estos porcentajes de reducción incrementados no serán aplicables en los contratos de arrendamiento de viviendas en zonas de mercado residencial tensionado, cuando la renta pactada al inicio del contrato de arrendamiento exceda de los límites que se establece la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Recargo Bienes Inmuebles para viviendas desocupadas

La Ley de Vivienda incrementa el recargo en el IBI de los inmuebles de uso residencial desocupados con carácter permanente. Es decir, cuando la vivienda haya estado vacía durante más de dos años y, además, el propietario tenga al menos cuatro inmuebles de uso residencial, salvo que haya causas justificadas de desocupación temporal (tasadas por la propia Ley de vivienda).

En concreto, el recargo se modula entre el 50% y el 150% de la cuota líquida del IBI, en función de la duración de la desocupación y del número de viviendas desocupadas del mismo titular en el término municipal.

Inmuebles no alquilados

Y aunque esto no cambia, recuerda también que la Agencia Tributaria considera que, para todos aquellos inmuebles no alquilados y que no constituyen la vivienda habitual del contribuyente ni estén afectos a actividades económicas, se debe declarar una renta presunta mínima. Como regla general, la renta a declarar será la que resulte de aplicar el 2% sobre el valor catastral del inmueble (o el1,1% si este valor estuviera revisado), sin poder deducir ningún gasto.

Información extraída de la web de OCU y de la firma Garrigues 

Imagen: @crdeprada

 

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  IRPF , ALQUILER , 2024 , REDUCCION , CONTRATOS ALQUILER , ARRENDADORES , GARRIGUES , FOROCONSULTORES , OCU , LEY DE VIVIENDA

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