¿Quién puede desgravarse por vivienda habitual?
Llega el momento de “pasar por caja”. La Declaración de la Renta 2020 ya está aquí. El miércoles 7 de abril se abre el plazo para presentar la declaración de renta y patrimonio, que permanecerá abierto hasta el 30 de junio.
¿Me puedo desgravar por vivienda? Si compraste tu casa a partir del 1 de enero de 2013: nada, ya que el Gobierno eliminó este tipo de desgravación. Si lo hiciste antes de esa fecha, mantienes la desgravación por vivienda habitual.
Todos los que compraron hasta el 31 de diciembre de 2012 mantienen la deducción fiscal por compra de vivienda habitual (un máximo de 9.040 euros anuales). A esto se unen las deducciones que suelen tener las comunidades autónomas, que debes comprobar.
Las compras realizadas a partir del 1 de enero de 2013 no tienen desgravación
¿Qué contribuyentes tienen acceso?:
- Los que hubieran adquirido su vivienda habitual o satisfecho cantidades para la construcción de la misma con anterioridad a 1 de enero de 2013.
- Los que hubieran satisfecho cantidades con anterioridad a 1 de enero de 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que las citadas obras estén terminadas antes de 1 de enero de 2017.
- Los contribuyentes que hubieran satisfecho cantidades para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad con anterioridad a 1 de enero de 2013, siempre y cuando las citadas obras o instalaciones se hayan concluido antes de 1 de enero de 2017.
En todo caso, para poder aplicar el régimen transitorio de deducción se exige que los contribuyentes hayan aplicado la deducción por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores, salvo que no la hayan podido aplicar todavía porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores.
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