¿Cómo tributa la segunda residencia en el IRPF?
Estamos en pleno periodo de la declaración de la renta. En un post anterior analizamos quién puede desgravarse por vivienda habitual y ahora es el turno de la segunda residencia.
Si tienes una casa en la playa o en la montaña, que utilizas para tus fines de semana o vacaciones, debes incluirla en la declaración de la renta. Hacienda imputa una renta en el IRPF por la mera propiedad de un inmueble. Es lo que se considera imputación de renta inmobiliaria que tributa al mismo tipo impositivo que el rendimiento del trabajo. El propio programa de la renta nos da la cifra.
¿Y cómo se calcula? La renta que se declara equivale al 2% del valor catastral del inmueble (se puede ver en el recibo del IBI) o el 1,1% si el valor catastral ha sido revisado en los 10 años anteriores. En el caso de que la vivienda no tenga aún valor catastral, la imputación general es el 1,1% del 50% del mayor valor entre el precio de compra y el valor comprobado por la Administración a efectos de otros tributos.
Esto es solo si la vivienda no está alquilada. Si está unos meses arrendada y otros se utiliza para uso propio, se debe declarar una parte como renta imputada en el apartado de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas (los días utilizados como tal) y el resto como ingresos por alquileres. No lo olvides.
Imagen: @crdeprada
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